02/02/2026 Octavio Barriuso
Artículo 5.- Cuantías y limitaciones.
El importe de las ayudas concedidas será como máximo del 90% de coste total.
Según la Ordenanza de las Prestaciones Sociales de carácter económico del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, la cuantía máxima de la prestación de Adaptación de vivienda habitual y Productos de apoyo será de 3.121 € anual por beneficiario o por unidad de convivencia.
Las limitaciones para la concesión de las ayudas serán las que se determinan a continuación:
a) Sólo podrá concederse con cargo a esta convocatoria una ayuda por unidad de convivencia en adaptación de vivienda, y una ayuda por solicitante o beneficiario en productos de apoyo.
b) En el caso de aquellas ayudas susceptibles de ser utilizadas por una o más personas que convivan en el mismo domicilio, se concederá, es su caso, una única ayuda de la misma naturaleza.
Artículo 6.- Requisitos para solicitar las prestaciones sociales económicas.
Evaluación de la presente convocatoria, podrá valorar en el caso de beneficiarios menores de edad, el cumplimiento del requisito de empadronamiento en los supuestos: