02/02/2026 Octavio Barriuso
LAS ROZAS DE MADRID
Anuncio del extracto de la convocatoria para el otorgamiento de prestaciones sociales económicas destinadas a la adaptación de la vivienda habitual y productos de apoyo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/803878).
Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones para la adaptación de viviendas con el fin de facilitar las condiciones de accesibilidad, habitabilidad y salubridad, así como permitir y/o favorecer que los residentes en el municipio de Las Rozas de Madrid puedan mantenerse en sus domicilios, además de ofrecer equipamientos domiciliarios y productos de apoyo que favorezcan la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad en situaciones de dificultad socioeconómica, discapacidad, enfermedad o riesgo de exclusión social. También tiene como objeto reformar arquitectónicamente la vivienda habitual y adecuarla para una mejor accesibilidad y eficiencia energética, así como instalar equipamientos que posibiliten viviendas conectadas mediante medios tecnológicos, sistemas de conectividad y domótica.
Segundo. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 13 de diciembre, publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento y en https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales Tercero. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.—Las solicitudes y declaración de guardador de hecho, se dirigirán a la Concejalía de Familia y Servicios Sociales y se podrán presentar a través del trámite personalizado en la Sede electrónica www.sede.lasrozas.es , de manera presencial en las Oficinas de Atención en Materia de Registro (OAMR) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la forma allí prevista.
Cuarto. Cuantía máxima y crédito presupuestario.—La cuantía total máxima destinada a estas prestaciones sociales de cincuenta mil euros (50.000,00 euros). El importe de las ayudas concedidas será como máximo del 90 por 100 de coste total y la cuantía máxima por beneficiario o unidad de convivencia será de 3.121,00 euros.
Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 17 de febrero de 2025.
Las Rozas de Madrid, a 18 de diciembre de 2024.—La concejal-delegada de Familia y Servicios Sociales, Ruth Agra Sierra.